Programa impulsado por el Ministerio del Trabajo, cuyo objetivo es promover el empleo formal mediante incentivos económicos, según lo establecido en el Decreto 0533 emitido por el Gobierno Nacional.
Está destinado a empleadores que mantengan contratados a trabajadores adicionales por un mínimo de seis meses, siguiendo el procedimiento descrito en el manual operativo que publique el Ministerio del Trabajo.
El programa tendrá una duración desde junio de 2024 hasta agosto de 2026, durante la cual se podrán presentar solicitudes bimestrales y recibir el incentivo hasta en 24 ocasiones por cada trabajador contratado.
Apoyo:
Se otorgará a los beneficiarios (las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas) que realicen contrataciones o vinculaciones, un aporte mensual, así:
* Por cada uno de los trabajadores adicionales que hayan sido vinculados formalmente y por los que se hubiere cotizado en los respectivos subsistemas mínimo durante los seis (6) meses previos a la fecha de la postulación, dentro de la temporalidad establecida en el artículo 2.2.6.1.10.7 Decreto 0533 de 2024.
Se reconocerá un porcentaje adicional del 10%, cuando:
Para la postulación, valida que cumples con los requisitos para acceder al apoyo de acuerdo con lo establecido en el Decreto 0533 de 2024 :
1.Diligenciar Formulario de postulación (puedes descargarlo aquí):
Este formulario deberá estar firmado por el representante legal o el que haga sus veces, o por la persona natural empleadora o por el representante legal de la fiduciaria que actúa como vocera o administradora del patrimonio autónomo.
2.Certificación de Cumplimiento de Requisitos (puedes descargarlo aquí):Este formato deberá estar firmado por:
1.El representante legal, la persona natural empleadora o el representante legal de la fiduciaria que actúa como vocera o administradora del patrimonio autónomo.
2.El revisor fiscal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal.
3.Registro Único Tributario - RUT: del empleador, expedido dentro de los seis (6) meses previos a la postulación.
La aprobación o rechazo del apoyo estará sujeta a la revisión por parte de La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP).
Es de aclarar que Bancamía no es quien toma la decisión sobre la aprobación del apoyo.
Una vez Bancamía reciba la respuesta por parte de la UGPP, se estará notificando al beneficiario, la aprobación o rechazo de la postulación al apoyo.
En caso de que la solicitud sea aprobada por parte de la UGPP, se procederá a la notificación y al abono de los recursos correspondientes al producto de ahorro relacionado en el formulario de postulación.
Los apoyos que sean transferidos a los postulantes, son un ingreso tributario y estarán sometidos a retención en la fuente, atendiendo la calidad tributaria del beneficiario. Al momento de realizar el retiro de los recursos se causará el impuestos GMF, a menos que la cuenta de ahorros esté marcada como exenta o este dentro los limites normados para los Depósitos de Bajo Monto.
Se entenderá como el reintegro, total o parcial que realiza el beneficiario del Incentivo a la Generación de Nuevos Empleos:
Restitución voluntaria: será realizada por el beneficiario.
Restitución por acciones de fiscalización:
Los clientes que realicen restitución de recursos deberán acercarse a la oficina Bancamia donde radicó la postulación y presentar el formato de restitución debidamente firmado, (puedes descargarlo aquí)
Se entenderá como desistimiento, la manifestación que realiza el postulante al incentivo a la generación de nuevos empleos, ante Bancamía, para el retiro de su solicitud como potencial beneficiario.
Para este caso, el postulante deberá acercarse a la Oficina Bancamía donde radicó la postulación y presentar el formato de desistimiento, debidamente diligenciado y firmado (puedes descargarlo aquí), indicando el periodo de desistimiento.
El desistimiento deberá adelantarse en cualquier momento, antes del envío de las cuentas de cobro por parte de Bancamía al Ministerio del Trabajo y según la programación del Cronograma de Postulación del mes respectivo.
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